DÉBILES E INEXISTENTES CONTROLES

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Dr. José Gregorio Hernández Galindo

La pandemia, que nos ha alejado de la rutina anterior y ha propiciado forzosos momentos de soledad, nos ha permitido dedicar más tiempo a la introspección y también al análisis de lo que acontece a nuestro alrededor.

Un importante periodista rememoraba en estos días que, a mis dieciocho años -siendo apenas un primíparo en la Facultad de Ciencias Jurídicas de la Universidad Javeriana- grababa diariamente un minuto de opinión para el programa radial “Circuito abierto”, que se transmitía en las horas de la noche en cadena nacional por el Circuito Todelar de Colombia. Mi sección se llamaba “Reflexiones”, y en ella procuraba asomarme a la realidad de lo que pasaba en Colombia y en el mundo, desde la perspectiva estudiantil. El programa duró varios años en el aire.

Las directivas de la cadena me dieron toda la libertad. Jamás una censura, y ni siquiera un llamado de atención respecto a opiniones que en no pocas oportunidades criticaban -con respeto, pero con dureza- decisiones del gobierno de turno, leyes o proyectos de ley y hasta sentencias de la Corte Suprema de Justicia, que entonces ejercía las funciones hoy a cargo de la Corte Constitucional.

Recuerdo, por ejemplo, que me opuse a la primera declaración de un Estado de Emergencia Económica durante el gobierno del expresidente Alfonso López Michelsen, quien precisamente había propuesto esa figura en 1968, para diferenciar el orden público económico y social del orden público político, cuyo restablecimiento se buscaba mediante el Estado de Sitio. Aunque estaba de acuerdo con esa necesaria y afortunada diferenciación -ya plasmada en la Constitución-, consideraba que el Ejecutivo acudía a la figura sin sustentar de manera suficiente los hechos que le permitían asumir un conjunto enorme de facultades excepcionales y desplazar al Congreso en el ejercicio de su función legislativa.

Después critiqué al Congreso de la época por no ejercer el control político, y a la Corte Suprema de Justicia por haber declarado exequible ese estado excepcional, sobre la base de sostener que ella carecía de competencia para estudiar los fundamentos fácticos y materiales de la decisión presidencial y para verificar y valorar los hechos invocados por el Gobierno en el decreto declaratorio del Estado de Emergencia. Coincidía en ese criterio con mi profesor de Derecho Constitucional, el Dr. Gustavo Zafra Roldán.

Años más tarde, siendo magistrado de la Corte Constitucional, participé en la adopción de las sentencias que, modificando la jurisprudencia de la Corte Suprema, resolvieron ingresar en el control sustancial de los decretos declaratorios de los Estados de Excepción y hasta declarar inexequibles varios de ellos.

He recordado todo esto y -en medio de las reflexiones de pandemia- lo he ligado a lo que hoy acontece. Cuando, al parecer, al Gobierno y al Congreso ya no les interesa adoptar sus decisiones de acuerdo con la Constitución, porque lo importante para ellos es la imagen, la noticia -así sea pasajera-, el impacto y la apariencia, más que la realidad, al paso que el control político del Congreso no existe -gracias a la “mermelada”-, y el jurídico se distingue en la actualidad por su benevolencia.

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