LA DESINFORMACIÓN TRIBUTARIA

0
1049

José Gregorio Hernández Galindo

Certidumbres e inquietudes

Cuanto ha venido ocurriendo en relación con el desconocido proyecto de ley mediante el cual se quiere introducir una nueva reforma tributaria -no importa cómo se lo denomine, sino lo que contenga- muestra una gran improvisación que, además de los perjuicios propiamente fiscales, ya, en la práctica, se está vulnerando el derecho de los ciudadanos a una información fidedigna, clara   y completa que les permita conocer, evaluar y controvertir lo que se propondrá al Congreso.  

Lo que ocurre parece más una burla que una política pública. Un día se dan a conocer conclusiones y recomendaciones de sabios economistas; al siguiente,  se filtran en medios y redes unos pocos aspectos de la iniciativa; a la semana siguiente se divulga que serán gravadas las pensiones, y que quienes perciben salarios superiores a $ 2.500.000,oo deberán declarar renta y pagar impuesto; que se incrementará el IVA para los combustibles; otro día se expresa oficialmente que el proyecto no es tributario sino social y que serán favorecidos los sectores más débiles de la población con motivo de la pandemia; pero de inmediato el Viceministro de Hacienda informa que serán gravados con un IVA del 19% productos esenciales como el café, el chocolate, la sal y el azúcar; y al día siguiente el Presidente de la República manifiesta que eso no es verdad, y que esos productos no serán gravados; se cambian, se corrigen y se vuelven a corregir datos y cifras; alarma el Ministro de Hacienda al expresar que la caja del Gobierno se agota…En fin, como dicen una cosa, dicen otra y al fin y al cabo, no se divulga el texto del proyecto de ley. Ni siquiera el partido de gobierno lo conoce. 

Lo que se espera de una administración seria cuando expone la necesidad de reestructurar un sistema legal -en este caso el tributario- es que, al momento de llevar la iniciativa al Congreso, tenga preparado un texto, con la exposición de motivos y con el respaldo de los previos estudios y análisis en los cuales se funda la reestructuración; su viabilidad financiera y su ajuste a los principios y normas constitucionales.  

Todo proyecto de ley debe ser fundamentado, porque -como corresponde a un órgano colegiado democrático- a la votación debe preceder la discusión. Y, además, se requiere, como lo establecen la Carta Política y el Reglamento del Congreso, una previa publicación de los textos, para su conocimiento. Ello es apenas natural, toda vez que, según la Constitución, en comisiones y plenarias de las cámaras tendrán lugar los debates, y los congresistas, así como la ciudadanía, deben estar preparados para defender una u otra posición.  

Un proyecto de ley tributaria debería ser antecedido por serios estudios económicos y jurídicos. Con una estructura coherente y fundada. Concebida de manera razonable y proporcionada en relación con aquello que se quiere solucionar. Aplicando la sindéresis y una mínima coherencia. Con responsabilidad. Sin improvisaciones. Sin jugar con la información que se suministra al público y a los propios congresistas. 

En Colombia no hay impuesto sin representación. Los representantes del pueblo son los congresistas, y deben conocer y debatir lo que votan. Por eso, no cabe el denominado “pupitrazo”.  

Cuadro de comentarios de Facebook