No hay paz verdadera y duradera si no existe la justicia

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Tribunal de paz dio histórico paso en Colombia y acusó a las FARC por secuestros, crímenes de guerra y la responsabilidad de grupos irregulares

Un paso que no va a dejar a nadie indiferente y que puede representar una escalada de tensión dentro de la política colombiana. El Tribunal surgido con ocasión a los Acuerdos de Paz en Colombia ha imputado a sus líderes por secuestro y otros crímenes de guerra y ya las redes sociales se han transformado en un nuevo escenario de celebración, de condena y se empieza a desdibujar la confrontación política ideológica que parece estar a la orden del día en estos últimos tres años. 2021 sigue sorprendiéndonos; aunque como siempre, hay que tratar de llevar el tema al terreno más objetivo posible para contar con un pronóstico real y analítico objetivo.

 ¿Cuáles fueron los delitos imputados?

Quien se encargó de elaborar la acusación fue La Sala de Reconocimiento de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) y los delitos han sido crímenes de guerra y de lesa humanidad; los mismos se encuentran establecidos en el Estatuto de Roma, tratado fundamental de temas penales internacionales. Los crímenes de lesa humanidad —o contra la humanidad— son reconocidos como cualquier acción que intencionalmente sea ejecutada contra una población civil y que le ocasione un profundo sufrimiento, entre ellos está la encarcelación o privación grave de la libertad física; lo importante en este caso es que no se debe estar dentro de un conflicto armado para que sea reconocido como delito.

Diferente es el elemento de los crímenes de guerra que sí exigen la existencia de un conflicto armado y a fines de ser reconocido puede ser nacional o internacional. De acuerdo al propio Estatuto antes mencionado, estos crímenes se han de cometer a gran escala y entre ellos se encuentra la “toma de rehenes”.Top

A su vez, se han imputado otros crímenes como la tortura, atentados a la dignidad personal, violencia sexual y desplazamiento forzado

¿Son aplicables estos delitos de lesa humanidad en la legislación colombiana?

La Embajada de Alemania en Colombia elaboró un interesante estudio en cuanto a los Crímenes de Lesa Humanidad en Colombia y su aplicabilidad, desglosando puntos interesantes que vale la pena mencionar. Primeramente, remite a jurisprudencia, sentencias e instrumentos ya previstos dentro del ámbito internacional y provenientes de organismos internacionales a los cuales Colombia pertenece y donde se reconoce la comisión de determinados crímenes y que se han servido para la recolección como antecedentes y medios de prueba.

A su vez, ya Colombia ha desarrollado un cuerpo de leyes precisamente para poder delimitar este tipo de delitos y darle la importancia real que merece dentro de su sistema como por ejemplo el artículo 340 del Código Penal, que hace referencia al “concierto para delinquir”; la Ley 975 del 2005 el cual en su artículo 4to habla acerca del derecho a la reparación como bien se establece … “Derecho a la verdad, la justicia y la reparación y debido proceso. El proceso de reconciliación nacional al que dé lugar la presente ley, deberá promover, en todo caso, el derecho de las víctimas a la verdad, la justicia y la reparación y respetar el derecho al debido proceso y las garantías judiciales de los procesados”…  sin detenerse allí porque en los artículos subsiguientes se amplían cada uno de ellos.

Otro paso importante fue con el artículo 165 del Código Penal que estipula con muchísima claridad lo que es la desaparición forzada de personas.

Esto nos lleva a entender, que no resulta imposible y que es totalmente procedente que estos individuos sean imputados y posteriormente procesados ya que ante los ojos de los instrumentos y regulaciones de los derechos humanos y del derecho internacional humanitario han cometido delitos, han ocasionado un terrible sufrimiento a una población civil, se han involucrado en acciones que violan los derechos y garantías de los ciudadanos y es obligatorio aclarar y enfatizar en el hecho de que deponer las armas, ingresar en un acuerdo de paz y arrepentirse no significa que no se tenga responsabilidad y que no debas ser juzgado.

Existe dentro de la propia población y muy especialmente aquellos afectos a determinadas ideologías, el creer que cuando un grupo irregular depone las armas y comienzan las negociaciones de paz es automáticamente un perdón colectivo hacia las acciones que se cometieron y esto no es así. Es más, aun cuando el Estado les pueda otorgar el perdón o el indulto o amnistía —haciendo uso de términos generales— la pregunta es ¿Y qué sucede con las víctimas? La víctima aun tendrá la oportunidad de solicitar justicia y reparación y el Estado estará en el deber de responder ante la solicitud independiente del resultado.

 ¿Quiénes son los imputados?

Rodrigo Londoño alias Timochenko quien ahora ha dado un paso hacia la vida política; Jaime Alberto Parra quien ahora también participa en el partido FARC, Pablo Catatumbo Torres Victoria también miembro del partido FARC, Julián Gallo Cubillos quien ahora es senador y Rodrigo Granda quien ahora forma parte de la Comisión de Negociación y Acuerdos de Paz. Es decir, que todos ahora forman parte de la política y al ser parte del Estado son mucho más susceptibles de ser investigados e imputados por delitos establecidos en los delitos internacionales.

Ni arrepentimiento y respetar los Acuerdos de Paz

Como una forma de sensibilizar más el procedimiento en las redes sociales, especialmente la red del pajarito, hablan acerca de persecución, de mantener la frente en alto, de seguir adelante. De que obedecer el Acuerdo de Paz es defender la vida entre otros elementos. El grupo ha sido un poco más recatado y políticamente correcto y ha enviado un comunicado explicando que se han reunido con los abogados defensores y están evaluando las alternativas. Pero, aquí hay que exponer un punto importante.

El tema de la violación de los derechos humanos en el ámbito de un conflicto armado interno, la violación de principios de derecho internacional humanitario y todo lo relacionado con acciones que de alguna manera vayan en detrimento de la seguridad y la paz internacional no es un asunto político ni ideológico. Es un asunto de seres humanos. El arrepentimiento sea cierto o no, no es reparación y este tipo de delitos; en el ámbito de derechos humanos hay muchos principios que no se aplican por razones de justicia.

No hay paz verdadera y duradera si no existe la justicia y hay que reflexionar en cuanto a un punto importante; si no se es capaz de responder por actos cometidos —entendiendo su gravedad— basado en asuntos políticos o tendencias ¿Cuánto soy capaz de realmente cumplir cuando se trata de gobernar con justicia y equidad?

Por: Corina Cortés – PanamPost

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