Reglamentación del Distrito de Ciencia, Tecnología e Innovación de Medellín pone en riesgo la gestión ambiental urbano regional en Antioquia

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Con la aprobación en la Comisión Primera de la ponencia para primer debate-Senado del Proyecto de Ley No. 371 de 2022, a través del cual se dictan disposiciones para el Distrito de Ciencia, Tecnología e Innovación de Medellín; se avanza en la modificación de la jurisdicción y el ejerciciode las funciones y competencias del AMVA sobre las ya otorgadas a CORANTIOQUIA, esta decisión desafortunada para el Sistema Nacional Ambiental, pone en riesgo la institucionalidad ambiental como garante de equilibrios ambientales urbano regionales, tan necesarios para el logro del desarrollo sostenible y la gestión del cambio climático.

El artículo No. 6º del Proyecto de Ley, incorporó en su redacción algo no considerado en el acto Legislativo 01 de 2021, que fue entregar al Área Metropolitana del Valle de Aburrá, la competencia para ejercer la autoridad ambiental en el área rural de Medellín; teniendo como único argumento que el SIATA es un sistema tecnológico de propiedad de esta entidad para la gestión del riesgo, lo que les daría mayor capacidad al respecto. Lo anterior, en contravía de la Ley 99 de 1993 y la Ley 1625 de 2013, las cuales asignaron las funciones y competencias a las áreas metropolitanas en su perímetro urbano.

Desde CORANTIOQUIA evidenciamos que los argumentos que se usan para justificar la modificación de la jurisdicción del AMVA, desconocen que la gestión del riesgo es una competencia legal que recae principalmente en los municipios como primeras autoridades territoriales. CORANTIOQUIA como autoridad ambiental regional, frente a la gestión del riesgo es garante de la identificación e incorporación de áreas naturales estratégicas y áreas de amenaza natural, como determinantes ambientales en el ordenamiento territorial, concibiendo al municipio como un territorio ecológica y ambientalmente conectado con la región.

Todos esperábamos que este Proyecto de Ley le diera mayor solidez a las instituciones para la gestión territorial desde la ciencia, la tecnología y la innovación, pero, retirar la competencia de autoridad ambiental a CORANTIOQUIA, le resta capacidad a las instituciones para colaborar, coordinar y cooperar en el logro de la gestión ambiental regional de la que dependen, entre otros, la sostenibilidad de los grandes centros urbanos que como Medellín, concentran en su territorio urbano la mayor demanda de recursos naturales y servicios ecosistémicos, tanto del Municipio como del Departamento.

Desde el orden administrativo, se considera que con la reforma pretendida, se podría generar un posible conflicto de intereses, a la hora de aprobar y/o concertar temas ambientales de la administración municipal de Medellín, como por ejemplo, frente al Plan de Ordenamiento Territorial, dado que el alcalde de Medellín preside la Junta Metropolitana del AMVA.

Finalmente, consideramos desafortunado que el Proyecto de Ley no tenga una propuesta o consideración clara acerca de las relaciones, colaboración y equilibrio entre la ciudad y sus corregimientos y veredas, asimismo, entre la ciudad y el departamento de Antioquia con sus subregiones, además, que no incluya en sus fundamentos y articulado propuestas en materia de desarrollo rural, ni estrategias de gestión integral de los ecosistemas y mecanismos de colaboración y/o compensación para coadyuvar en su conservación, ni en la transferencia de capacidades a otros municipios y autoridades ambientales, siendo esto fundamental en la mitigación y adaptación al cambio climático y el desarrollo sostenible en los 125 municipios de Antioquia.

Este análisis debe continuar en la medida en que se espera que el distrito de ciencia, tecnología e innovación de Medellín se convierta en un instrumento de fortalecimiento de todas las instituciones, de la autoridad ambiental urbana, la autoridad ambiental regional, como lo es Corantioquia y de todas las instituciones que conforman el territorio.

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