Validación de experiencia laboral, una esperanza para los nuevos profesionales

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Una de las mayores dificultades que enfrentan los jóvenes colombianos a la hora de salir al mercado laboral es la falta de experiencia. Las empresas solicitan profesionales que además del título, tengan años de experiencia en el área, prácticamente imposibles para un recién graduado. El gobierno emitió el Decreto 616 el 4 de junio de 2021 en el que los nuevos profesionales pueden incluir su tiempo de prácticas en la hoja de vida como experiencia laboral. 

Según el DANE, en Colombia, la tasa de desempleo hasta mayo de 2021 fue del 15,6 %. Los jóvenes son los más afectados por el desempleo en el país. Entre enero y marzo de 2021 se registró una tasa del 23,9 % en el desempleo de personas entre 14 y 28 años.

El factor que más influye en el desempleo juvenil es la falta de experiencia. Con el fin de romper esta brecha el Gobierno Colombiano dispuso, en el artículo 2 de la Ley 2039 de 2020 que todos los estudiantes de educación superior, técnica, tecnológica, universitaria, entre otros, deben realizar pasantías, prácticas laborales, judicaturas, entre otros, relacionados con el programa que están cursando.

En la sección 5 del Decreto 616 de junio de 2021, se encuentra la reglamentación de la equivalencia de experiencia profesional previa de estudiantes, donde se acredita y valida el tiempo de prácticas para los procesos de inserción laboral. 

También se especifican los requisitos para la equivalencia de experiencia profesional previa: 

  1. Las actividades debieron ser realizadas por estudiantes de educación superior, pregrado y posgrado, en niveles técnico profesional, tecnológico y universitario. Estudiantes del SENA y estudiantes de escuelas normales superiores.
  2. Las actividades tuvieron que realizarse mediante prácticas laborales, judicaturas, monitorias, contratos laborales, contratos de prestación de servicios o grupos de investigación relacionados con el programa formativo y correspondientes al programa para obtener el título. 
  3. Esta experiencia profesional solo es válida cuando se haya culminado el programa académico y el profesional obtenga el título. 

Estos requisitos y prácticas deben ser verificados por la institución educativa que emite el título profesional. Y deben estar acompañados por una certificación por la actividad adelantada por el estudiante, emitida por el empleador. 

La institución educativa al verificar que la información es válida debe emitir una Certificación de equivalencia de experiencia profesional previa, donde se valide que las actividades realizadas fueron relacionadas directamente con el programa académico cursado.

Sin embargo, en el artículo 229 del Decreto Ley 019 de 2012 la experiencia es válida a partir de la inscripción o registro profesional, en las carreras relacionadas con el sistema de seguridad social en salud.

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