BORRACHERA COLECTIVA”

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 Por: Marduk Sánchez C.

             Existen, en nuestra Carta Política, tres derechos fundamentales (derecho-deber) que no pueden entrar en conflicto:  Derecho a la Vida, Derecho al Trabajo y Derecho a la Educación. No es posible tener un trabajo digno sin una educación suficiente y adecuada; es imposible subsistir sin un trabajo productivo. Esta misma Carta afirma en su Preámbulo que el pueblo de Colombia decreta, sanciona y promulga la Constitución Política de Colombia para asegurar a los integrantes de la Nación, entre otros derechos, el de la vida, el trabajo y el conocimiento:

“Artículo 11. El derecho a la vida es inviolable. No habrá pena de muerte “.  No es un derecho, es el supuesto de todos los derechos.  Colombia es un país con gente en extrema miseria, por lo tanto, la vida es más un problema social que jurídico.

“Artículo 25. El trabajo es un derecho y una obligación social y goza, en todas las modalidades, de la especial protección del Estado. Toda persona tiene derecho a un trabajo en condiciones dignas y justas”.  Significa el trabajo, antes que un medio para asegurar la subsistencia, el desarrollo de la creatividad del ser humano, su realización personal, la solidaridad con la sociedad en que vive, la satisfacción de servir y ser útil.

“Artículo 67 La educación es un derecho de la persona y un servicio público que tiene una función social; con ella se busca el acceso al conocimiento, a la ciencia, a la técnica y a los demás bienes y valores de la cultura. La educación formará al colombiano en el respeto a los derechos humanos, a la paz y a la democracia; y en la práctica del trabajo y la recreación, para el mejoramiento cultural, científico, tecnológico y para la protección del ambiente.

El Estado, la sociedad y la familia son responsables de la educación, que será obligatoria entre los cinco y los quince años de edad y que comprenderá como mínimo, un año de preescolar y nueve de educación básica. La educación será gratuita en las instituciones del Estado, sin perjuicio del cobro de derechos académicos a quienes puedan sufragarlos.

Corresponde al Estado regular y ejercer la suprema inspección y vigilancia de la educación con el fin de velar por su calidad por el cumplimiento de sus fines y por la mejor formación moral, intelectual y física de los educandos, garantizar el adecuado cubrimiento del servicio y asegurar a los menores las condiciones necesarias para su acceso y permanencia en el sistema educativo.

La nación y las entidades territoriales participarán en la dirección, financiación y administración de los servicios educativos estatales, en los términos que señalen la Constitución y la Ley”.

Les traigo este cuento porque el Municipio de Medellín, en razón de la pandemia y en acatamiento al mandato nacional, colocó en conflicto los tres derechos fundamentales mencionados: cerró la escuela, y sin contar con el Maestro, decretó la educación virtual; ordenó el cierre de los lugares de trabajo y la subsistencia quedó pendiente de ayudas del gobierno. Frente a esta situación es óptimo acudir a las palabras de Estanislao Zuleta (Sobre la guerra, Procultura S.A. 1985, Bogotá, Colombia): “ (…) La erradicación de los conflictos y su disolución en cálida convivencia no es una meta alcanzable, ni deseable, ni en la vida personal, ni en la vida colectiva. Es preciso, por el contrario, construir un espacio social y legal en el cual los conflictos puedan manifestarse y desarrollarse, sin que la oposición al otro conduzca a la supresión del otro, matándolo, reduciéndolo a la impotencia o silenciándolo”.  

 Es, por tanto, de la naturaleza de toda sociedad dinamizarse con el conflicto. Pero, cuando éste no tiene intervenciones adecuadas es un generador de guerra, concebida por Estanislao Zuleta como “una borrachera colectiva”, donde la multitud es incapaz de comprender la causa de su lucha, donde es capaz de darlo todo, hasta la vida, por una causa que no comprende… Estanislao concluye que la mejor sociedad no es la que carece de conflictos, sino la que es capaz de tener los mejores conflictos. De reconocerlos y de contenerlos. De vivir no a pesar de ellos, sino productiva e inteligentemente en ellos. Que sólo un pueblo escéptico sobre la fiesta de la guerra, maduro para el conflicto, es un pueblo maduro para la paz. Pero, la falta de comprensión de la causa por la cual se lucha en una guerra, hace que quien se comprometa con ella sin argumentos convierta su opinión, es decir, su propia ignorancia, en la única razón para la guerra.

En este contexto, me ocuparé, por lo corto del espacio, del Derecho a la Educación, dejando para otro momento la reflexión sobre los derechos a la vida y al trabajo.  Sea lo primero afirmar que la educación se ubica como la posibilidad de desarrollar la capacidad de pensar por sí mismo, de ejercer la autonomía, de superar la “minoría de edad ”( definida por Kant como  “la incapacidad de servirse de su propio entendimiento sin la dirección de otro”) ( Qué es la Ilustración, 1784) , como la posibilidad de participar productiva e inteligentemente en el mundo  del trabajo y en el desarrollo de la sociedad. Para que esto ocurra, se requiere de una educación que sea capaz de hacer pasar la vida no sólo por el tablero, sino, fundamentalmente por el pensamiento. Esto es lo único que garantiza que lo que se aprende se convierta en la lupa para mirar el mundo con todo rigor y con toda claridad, condición indispensable para tomar decisiones responsables en torno a él.  Como un referente de estos planteamientos, Pitágoras afirma que “educar es templar el ánimo para las dificultades de la vida”.  La educación concebida en estos términos es un puente hacia la libertad.

Los gobiernos nacional y del municipio de Medellín cerraron las escuelas sin ninguna contemplación, sin tener en cuenta que la educación es parte de la realidad social, y como tal, está relacionada con todos los elementos de esa realidad, de los cuales recibe influencia y hacia los cuales proyecta inquietudes. Esta connotación social hace que la educación no sea un proceso divorciado de su contexto sino vinculado con todo el sentido de la dinámica histórica. El proceso de aprendizaje y el proceso de socialización son uno y lo mismo.  La educación no puede marginarse del contexto social, no puede estar por fuera del escenario natural donde se desarrollan los acontecimientos que marcan los comportamientos humanos, tampoco puede marginarse del debate que producen las grandes mutaciones del conocimiento para responder a ellas, no en un sentido pasivo como simple observadora y reproductora de estos aconteceres; debe asimilarlos, entender su significado, y lo más importante, tomar postura frente a ellos.

El medio ambiente de la ciudad de Medellín se halla tan contaminado como el resto de Colombia, pero la contaminación es distinta y la educación se ocupa de problemas ambientales definidos, tales como, una sociedad agrietada y carente de una escala de valores que genera dudas del funcionamiento del individuo dentro de la misma; el narcotráfico y sus horrores que ensucian diariamente la paz y manchan nuestra unidad; la negociación de la ley en cada esquina de la comuna; la atmósfera política muy cargada y que no contribuye a la felicidad y al desarrollo; la violencia generalizada que ya no respeta a las instituciones educativas. Dentro de este medio ambiente de la ciudad encontramos un sistema educativo forzado, situado entre diferentes tensiones sociales y pedagógicas. La Ley 115 de 1994 es la Ley General de Educación y en su artículo primero dice que “la educación es un proceso de formación permanente, personal, cultural y social que se fundamenta en una concepción integral de la persona humana, de su dignidad, de sus derechos y sus deberes “. El proceso formativo intencionado y permanente es uno y puede desarrollarse en ambientes presenciales  y la virtualidad es una modalidad de la relación pedagógica mediada por tecnología de  la información y la  comunicación, su ambiente en el ciberespacio al cual confluyen los programas, los datos y los usuarios, es un universo donde se puede manipular la información global al servicio del aprendizaje. La virtualidad puede utilizarse, tanto en la presencialidad como en la distancia, dependiendo siempre de la orientación y el  sentido que la didáctica pueda imprimirle en la búsqueda de los aprendizajes significativos. En la presencialidad las estrategias de la educación virtual tienen valor pedagógico en la medida en que los alumnos sean preparados para asumir el aprendizaje autónomo en cualquier ambiente formativo.  La formación en un ambiente virtual no se da en oposición a la formación en un ambiente presencial. Lo presencial y lo virtual son estrategias para abordar el mismo proceso formativo, que pueden separarse o integrarse.

Le enseñanza y el aprendizaje son dos procesos diferentes. El proceso de aprendizaje se direcciona desde un proceso de enseñanza, concebido éste como el desarrollo de actividades para inscribir al estudiante en los procesos del conocimiento para que comprenda su lógica y su dinámica. Las actividades para inscribir al estudiante en la lógica y en la dinámica del conocimiento están diseñadas por un Maestro, por un Docente y mediadas por herramientas tecnológicas. Desde la enseñanza se devela el conocimiento para hacer explícita su lógica y desde el aprendizaje se comprende dicha lógica. Develar la lógica del conocimiento, desde la enseñanza, puede hacerlo el maestro directamente o con la mediación tecnológica. Tanto el proceso de enseñanza como el de aprendizaje tienen en común la comprensión de la lógica del conocimiento, el uno para llevar a esa comprensión y el otro para lograrla. Es en este contexto donde cabe preguntarse qué significa enseñar una ciencia, qué significa aprenderla y, por tanto, qué significa evaluar su aprendizaje.

La intencionalidad de la enseñanza y del aprendizaje es la misma en cualquier modalidad educativa (presencial, semipresencial o a distancia) y con cualquier mediador (intervención directa del maestro o indirecta con la intervención de los medios electrónicos). En todas las modalidades y con todos los mediadores tiene que existir la presencia pedagógica para garantizar que desde la forma como se diseña la enseñanza si se generen aprendizajes significativos.

Cualesquiera sean los mediadores ( Maestro o docente o profesor, módulo, medios electrónicos) el proceso que va permitir develar la lógica del conocimiento, esto es, el proceso de enseñanza, tiene que ser diseñado por un docente, siempre en la perspectiva de generar en el estudiante un aprendizaje significativo, lo cual implica diseñar un ambiente de aprendizaje en que tengan cabida las estrategias metodológicas más adecuadas y acordes con la naturaleza del conocimiento objeto de la enseñanza y de aprendizaje y los medios para lograrlo. Reitero, no se puede dejar a un lado al Maestro cuando se habla de virtualidad, pues ésta, es un método para la enseñanza y  pertenece al universo del maestro, a su saber, a su quehacer, es de su esencia profesional.

En conclusión, la ciudad de Medellín debe tener un Plan de Desarrollo Educativo que se formule como un instrumento para hacer de Medellín una Ciudad Educadora, un escenario que educa, una ciudad con personalidad propia, un sistema complejo en constante evolución con la prioridad absoluta a la inversión cultural y a la formación permanente de su población. La Ciudad será educadora cuando reconozca, ejercite y desarrolle, además de sus funciones tradicionales, una función educadora, cuando asuma la intencionalidad y responsabilidad cuyo objetivo sea la formación, promoción y desarrollo de todos sus habitantes, empezando por los niños y los jóvenes.

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