EL MINISTERIO DE IGUALDAD

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Certidumbres e inquietude

José Gregorio Hernández Galindo

Además de corroborar, una vez más, el fervor religioso de la mayoría del pueblo colombiano, la Semana Santa nos ha servido para reflexionar sobre uno de los más graves males que afectan a nuestra sociedad: la enorme desigualdad existente en materia económica y social, y en los más elementales derechos de miles de compatriotas. En salud, educación, agua potable, trabajo, vivienda, alimentación. ¿Cómo es posible que, en nuestro territorio, sigan muriendo niños por causas perfectamente evitables -si los organismos competentes del Estado hubieran actuado a tiempo- como el hambre y la desnutrición? 

La Ley 2281 DE 2023 -promulgada el 4 de enero- creó el Ministerio de Igualdad y Equidad. Enhorabuena, pero esperamos que se dedique a lo que se debe dedicar –“…diseñar, formular, adoptar, dirigir, coordinar, articular, ejecutar, fortalecer y evaluar las políticas, planes, programas, estrategias, proyectos y medidas para contribuir en la eliminación de las desigualdades económicas, políticas y sociales”, como proclama el artículo 3 de dicho ordenamiento-, y no a reproducir leyes tan extrañas y ajenas a la igualdad como las impulsadas en España por el ministerio del mismo nombre, que se han dedicado a la liberación de violadores y pederastas condenados y a que las personas cambien de sexo, por trámite notarial, cuando les provoque. 

Ese no debe ser el trabajo del nuevo organismo gubernamental. Su gestión, en coordinación con otros ministerios e instituciones, debe estar orientada a realizar de verdad -no en la teoría- los postulados del Estado Social de Derecho. A generar condiciones propicias para que, como dice el preámbulo de la Constitución, se asegure el valor de la igualdad dentro de un marco jurídico, democrático y participativo que garantice un orden político, económico y social justo. A buscar que, en la realidad y a lo largo y ancho del país, se reconozca y respete la dignidad de todo ser humano, sin discriminaciones. Ello es imposible si el Estado no asume la dirección de la economía y si no ejerce la necesaria intervención “en la explotación de los recursos naturales, en el uso del suelo, en la producción, distribución, utilización y consumo de los bienes, y en los servicios públicos y privados, para racionalizar la economía”, como ordena el artículo 334 de la Carta Política. Entre otras finalidades, con la de “conseguir, en el plano nacional y territorial, el mejoramiento de la calidad de vida de los habitantes, la distribución equitativa de las oportunidades y los beneficios del desarrollo y la preservación de un ambiente sano”.  

El Estado, según la norma, ha de intervenir para dar pleno empleo a los recursos humanos y para asegurar que todas las personas, en particular las de menores ingresos, tengan acceso efectivo al conjunto de los bienes y servicios básicos. Sin esos presupuestos no podrá haber igualdad real y efectiva, como la contemplada en el artículo 13 de la Constitución, a cuyo tenor el Estado debe adoptar medidas en favor de grupos discriminados o marginados y proteger especialmente a personas que, por su condición económica, física o mental, se encuentren en circunstancia de debilidad manifiesta, sancionando los abusos o maltratos que contra ellas se cometan. 

Para eso es el Estado, y para eso debe ser el nuevo organismo. 

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