Las enfermedades nutricionales siguen cobrando vidas en Colombia

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La alimentación es uno de los cinco ejes del Plan de Desarrollo; y es porque las enfermedades nutricionales y las transmitidas por alimentos siguen siendo más letales que el homicidio.

La alimentación es un derecho

El artículo 25 de la Declaración Universal de Derechos Humanos promulgada en 1948 establece que los Estados deben velar por la alimentación de sus ciudadanos y evitar “la pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad”. Este derecho es inseparable del derecho a la salud y a la vida misma.

La Constitución de Colombia también consagra el derecho a la alimentación, especialmente para niños y ancianos, además de ordenar una protección especial para la producción agroalimentaria.

Pero los modestos avances en los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) han hecho que la Organización Mundial de la Salud reitere que “el logro del hambre cero para 2030 es dudoso porque el problema ha aumentado y la malnutrición persiste”.

En efecto, la pandemia demostró la fragilidad de los sistemas agroalimentarios en el mundo y la necesidad de estrategias vinculantes adicionales para lograr los ODS. El derecho humano a la alimentación es uno de ellos y, por tanto, su inclusión en el proyecto del Plan Nacional de Desarrollo permitirá avanzar hacia el logro del Hambre Cero.

El Plan de Desarrollo

El derecho a la alimentación es uno de los cinco ejes de la transformación que propone el Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 Colombia Potencia Mundial de la Vida, que presentó el gobierno esta semana.

Los siguientes aspectos resultan llamativos:

  1. El proyecto asigna 46,1 billlones de pesos a este eje, es decir, el 4,0% de los 1.154,8 que prevé invertir entre 2023 y 2026.
  2. Los artículos 51 y 53 introducen una novedad en materia de política social: una transferencia en especie para garantizar el derecho a la alimentación.
  3. Se propone crear el Sistema Nacional de Seguimiento y Monitoreo para la Superación de la Malnutrición (SNSM) advirtiendo que “la Nación asignará los recursos para las transferencias referidas…de acuerdo con la disponibilidad presupuestal, el marco fiscal de mediano plazo y el marco de gasto de mediano plazo”.
Foto: Unidad de Gestión del Riesgo – La información de la prensa nacional y regional demuestra que la defunción de niños en La Guajira por inanición es un problema que persiste.

En efecto, la pandemia demostró la fragilidad de los sistemas agroalimentarios en el mundo y la necesidad de estrategias vinculantes adicionales para lograr los ODS. El derecho humano a la alimentación es uno de ellos y, por tanto, su inclusión en el proyecto del Plan Nacional de Desarrollo permitirá avanzar hacia el logro del Hambre Cero.

Enfermedades nutricionales

El pesimismo de la OMS no es infundado pues una de sus organizaciones hermanas, la FAO, se ha pronunciado en el mismo sentido. Una revisión rápida de la prensa deja en evidencia que las muertes por inanición de los niños de La Guajira siguen siendo una constante.

Un análisis más detenido de los boletines epidemiológicos semanales que publica el Instituto Nacional de Salud (INS) en seguimiento de las enfermedades transmisibles por alimentos corrobora que las diarreas agudas afectan especialmente a los menores de un año y a los de mayores de 80. Por su parte, los boletines dedicados a enfermedades tales como la hepatitis B, C y B-D muestran que la incidencia de las mismas varía considerablemente entre departamentos debido a que el sistema de vigilancia no es igual de eficaz en todos ellos.

Las estadísticas del DANE ofrecen un panorama más preciso y alarmante, pues si se suman las enfermedades nutricionales —tales como deficiencia vitamínica, desnutrición, diabetes T1, T2, T3 y T4, hipertensión, isquemia coronaria, obesidad y trastornos metabólicos—, y enfermedades transmisibles por alimentos —como gastroenteritis, hepatitis A y E, listeriosis, otras bacterianas, salmonella, shigelosis y toxoplasmosis —, la tasa de defunciones no fetales por 100.000 habitantes es de 48 casos, el doble de la registrada por homicidios, que ascendió a 24 casos.

Como se observa en la gráfica 1, estas enfermedades impidieron que 321 neonatos e infantes llegaran a la adolescencia, 74 adolescentes alcanzaran la juventud, 137 jóvenes llegaran a la edad adulta, 3.156 adultos se convirtieran en adultos mayores y 11.804 viejos murieran en malas condiciones.

Ningún municipio colombiano está exento de defunciones a causa de estas enfermedades. Sin embargo, como se observa en la gráfica 2, hay un patrón claro: los municipios de la zona andina, especialmente los que se ubican en la cordillera oriental y en los valles interandinos de la cordillera central, presentan las tasas más elevadas de defunciones no fetales por enfermedades alimentarias y enfermedades transmitidos por alimentos.

Del derecho a la realidad

Indicadores como estos seguramente le permitirán al gobierno avanzar en la lucha por el derecho a la alimentación, pero esa responsabilidad también debe ser asumida por el poder legislativo y la sociedad civil.

El derecho a la alimentación es uno de los cinco ejes de la transformación que propone el Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 Colombia Potencia Mundial de la Vida, que presentó el gobierno esta semana.

Propongo entonces retomar la idea de suscribir entre todos un Acuerdo Nacional contra el Hambre, como ya se propuso en algunos de los “diálogos regionales vinculantes” que precedieron a la presentación del Plan de Desarrollo. En un próximo artículo presentaré un análisis de la frontera agrícola y propondré algunas ideas para mejorarla.

*Este artículo hace parte de la alianza entre Razón Pública y la Facultad de Economía de la Universidad Externado de Colombia. Las opiniones son responsabilidad de los autores.

Escrito por Óscar A. Alfonso R 

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