CUMPLIENDO UN FALLO

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Certidumbres e inquietudes

Hubo críticas al presidente Gustavo Petro por haber asumido, como se lo ordenó un fallo, la vocería y representación del Estado colombiano para pedir perdón a los familiares de las víctimas por las masacres cometidas en junio de 1996 y a partir de octubre de 1997 en los corregimientos de La Granja y El Aro, ubicados en el Municipio de Ituango, Departamento de Antioquia.

Cabe recordar que la sentencia de fondo, proferida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos el 1 de julio de 2006, encontró configurados los eventos de omisión, aquiescencia y colaboración de miembros de la Fuerza Pública con grupos paramilitares pertenecientes a las denominadas Autodefensas Unidas de Colombia (AUC), las cuales perpetraron sucesivas incursiones armadas en esos corregimientos y, según lo probado, asesinaron a civiles en estado de indefensión, se apoderaron de bienes y generaron terror y desplazamiento, como lo señaló expresamente el tribunal internacional.

Adoptada por unanimidad de sus magistrados, la Sentencia de la Corte Interamericana dispuso, además de las garantías, medidas de protección y resarcimiento a las víctimas, lo siguiente: “El Estado debe realizar un acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional por los hechos del presente caso, con presencia de altas autoridades, en los términos de los párrafos 405 y 406 de este Fallo”.

Los indicados párrafos son del siguiente tenor:

“405. Para efectos de una disculpa pública para los sobrevivientes de los hechos de las masacres de Ituango y los familiares de las víctimas, la Corte valora y aprecia el reconocimiento parcial de responsabilidad internacional realizado por el Estado durante la audiencia pública celebrada el 23 se septiembre de 2005 en relación con el presente caso. En esa oportunidad, el Estado manifestó que:

Expresa su respeto y consideración por las víctimas y sus familiares y pide perdón por el comportamiento equivocado e ilegítimo de algunos de sus Agentes en relación con los hechos del presente caso.

406. Sin embargo, por la magnitud de los acontecimientos del presente caso, como una medida de satisfacción para las víctimas y garantía de no repetición de las graves violaciones de derechos humanos producidas, el Estado deberá reconocer públicamente, con presencia de altas autoridades, su responsabilidad internacional por los hechos de las masacres en El Aro y La Granja, y pedir una disculpa a los familiares de las personas desaparecidas y privadas de su vida por haber incumplido sus obligaciones de garantizar los derechos a la libertad personal, integridad personal y vida de esas personas, como consecuencia de las faltas del Estado a sus deberes de prevención, protección e investigación, así como por las violaciones a los derechos de acceso a la justicia, protección judicial y garantías judiciales cometidas en su perjuicio”.

De conformidad con el artículo 93 de la Constitución, el Estado colombiano -y el presidente de la República es el Jefe del Estado- debe cumplir las normas de los Tratados Internacionales sobre Derechos Humanos que ha ratificado, entre ellos la Convención Americana de Derechos Humanos de 1969 (Pacto de San José de Costa Rica), aprobada mediante Ley 16 de 1992, y los fallos que profiere la Corte Interamericana creada por ese Tratado.

El presidente no hizo otra cosa que cumplir, a nombre de Colombia, la Sentencia de un tribunal internacional.

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