Jardines verticales para las ciudades

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Por: Juan David Palacio Cardona*

En las zonas urbanas se están agotando los espacios para hacer compensaciones arbóreas. Una solución es reemplazarlas, según el caso, por muros verdes y sustentables.


Juan David Palacio Cardona, director del Área Metropolitana del Valle de Aburrá.

Algunas personas señalan o cuestionan las acciones de las autoridades frente al otorgamiento de licencias ambientales. Cuando estas conceden aprovechamientos forestales, por ejemplo, causan un malestar legítimo en las comunidades, pues desde el Estado se tiene la obligación de cuidar la biodiversidad, pero con ciertas decisiones su mandato termina siendo contradictorio.

Es errado permitir la tala de árboles para dar paso a la construcción de edificios, con la posibilidad de cambiar una zona verde amigable con el medioambiente. Las presiones del deseo urbanístico o constructivo casi siempre nacen desde el sector privado, de los empresarios, y no es malo, es el rumbo normal de las cosas cuando hablamos de economía. Sin embargo, ¿cómo lograr un equilibrio entre la sostenibilidad y el desarrollo de las ciudades?

Antes que nada, es necesario entender que la tala de árboles no es una actividad prohibida, sino vigilada y regulada. Por ello, generalmente los interesados piden permiso para modificar la vocación de los suelos -ya sea por razones de utilidad pública o interés social- con argumentos basados en estudios técnicos.

A pesar de todo, vemos cómo cada vez se habla más de territorios amigables con la naturaleza, pero una cosa es el discurso y otra la realidad. La doble moral es el pan de cada día, pero siempre podemos fortalecer la convicción de ser verdaderamente responsables con el cuidado del planeta. En ese sentido, es razonable pensar en biodiverciudades.

Hoy las autoridades ambientales colombianas actúan, principalmente, en el marco normativo de la Ley 99 de 1993 (mediante la cual se creó el Ministerio de Ambiente), el decreto 1076 del 2015 (que es la compilación de reglamentos nacionales en materia ambiental) y la Constitución Política. Además, resalto las constantes construcciones garantistas, a través del principio de rigor subsidiario, donde se han logrado propósitos para la protección de un ambiente sano, limpio y sostenible. Sin embargo, nuestra norma requiere mayor severidad técnica y de actualización frente a las nuevas realidades mundiales.

En el país, bajo la idea de legalidad y el derecho fundamental al debido proceso, se tiene la posibilidad de otorgar licencias ambientales con diversos fines. Los más notables en las ciudades son los aprovechamientos forestales en los que la única opción –debido a la normatividad- es dar los permisos correspondientes, incluso sobre el malestar de algunos ciudadanos.

Por mi parte, soy consciente de las siguientes premisas: la tala siempre debe ser la última opción, primero deberá contemplarse la posibilidad de reubicar o trasplantar, y las compensaciones anticipadas no están previstas en la ley.

La obligación de reponer las especies taladas se establece como una medida de compensación de los impactos o efectos negativos generados por la ejecución de obras que impiden la permanencia de algunos -o todos- los árboles existentes en un predio.

Cuando estos se restituyen, la relación debe ser mínimo uno a uno, es decir, si se tala uno, debe sembrarse, al menos, uno nuevo. Pero también puede ser tres a uno o muchos, según sea el caso. Lo fundamental ahí es garantizar que se conserven las condiciones que se tenían, desde el punto de vista ecológico y funcional, y también que la reposición sea realizada en el sitio cercano donde se produce la afectación.

No obstante, hay que advertir que actualmente en las zonas urbanas hay una imposibilidad para cumplir con esta condición de manera efectiva porque se están agotando los espacios para ello, lo que da paso para que, en respuesta a esa situación, las autoridades ambientales contemplen la posibilidad de aceptar, en su lugar, jardines verticales, pues los permisos se seguirán proporcionando, debido a nuestro marco normativo actual.

Es una buena opción, si se tiene en cuenta que los muros verdes ayudan a purificar el aire, refrescan la temperatura, promueven la biodiversidad, aíslan el ruido y aumentan la sensación de bienestar de la gente.

Por otro lado, para que las obligaciones no queden en el aire y sean una realidad, debería considerarse que los responsables de los aprovechamientos forestales asuman compromisos en relación con el cuidado de las zonas verdes de las ciudades para que las administraciones municipales liberen presupuesto y destinen esos recursos a la compra de zonas o edificaciones que posteriormente podrían demoler para convertirlas en espacio público.

Es más que voluntad. Son ideas propositivas que llaman a actualizar el marco regulatorio, con el objetivo de construir ciudades sostenibles en las que se piensa en las personas y la protección del medio ambiente, sin ir en contravía del desarrollo económico. ¿Por qué no llenar las ciudades de jardines verticales donde las abejas puedan estar y las aves puedan construir sus nidos?

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